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El Cabildo insta a dotar de cinturón de seguridad de 15 metros también a las segundas residencias en esta fase de alarma

  • Deben quedar todas libres de maleza y materia seca
  • Es una obligación de los propietarios recogida en la normativa vigente
  • Si el espacio es de propiedad compartida, debe efectuarse la limpieza igualmente
  • En caso de persona desconocida, hay que acudir al ayuntamiento o al catastro para localizarla
  • Si lo propietarios no acceden, debe informar al Cabildo para realizar el correspondiente requerimiento

Las Palmas de Gran Canaria, 14 de mayo de 2020.- El Cabildo de Gran Canaria insta a la población a realizar un cinturón de seguridad contraincendios en todas las viviendas del entorno rural, quienes residen en ellas han podido efectuarlo durante el confinamiento, ahora ha llegado la oportunidad para que también se realicen en las segundas residencias, a donde ya se permite el traslado en esta primera fase de desescalada.

Se trata de limpiar de maleza, material seco y residuos el entorno de las viviendas en un radio de 15 metros, lo que hará que en caso de incendio se vean mínimamente afectadas, como ha quedado demostrado en los últimos incendios de Gran Canaria.

Algunas dudas que plantean los propietarios se refieren a cuando esta franja de seguridad es de varios propietarios, en cuyo caso deben llegar a un acuerdo para que los otros propietarios acometan también esta medida, o si lo acuerdan, la puedan acometer sus vecinos.

En caso de personas desconocidas, deben acudir a su ayuntamiento o al catastro para localizar a sus colindantes, en caso de que no accedan a la limpieza, deben poner la situación en conocimiento del Cabildo en el correo oiac@grancanaria.com para que la Consejería de Medio Ambiente le efectúe el correspondiente requerimiento para que acometa esta medida de seguridad.

Y es que en virtud de la normativa vigente, “se trata de una obligación de los propietarios acometer la limpieza de al menos los 15 metros que se encuentran alrededor de su vivienda, de todo aquello que se considere residuos, matorral espontáneo y de vegetación seca, por tratarse de una obligación en materia de prevención de incendios forestales. Para esta actuación no es necesario obtener autorización administrativa alguna”, subraya el documento enviado por la Consejería de Medio Ambiente a los ayuntamientos de Gran Canaria para que a su vez informen a su población.

Es importante que la ciudadanía conozca que la acumulación o vertido de residuos vegetales puede constituir una infracción de la Ley de Montes, prevista en el artículo 67 apartados e) y q), que puede derivar incluso en un expediente sancionador.

Es tan importante esta medida, que si todas las personas realizan esta labor y la suman a las acciones emprendidas desde las instituciones, la sociedad en su conjunto logrará que Gran Canaria esté mucho mejor preparada para afrontar el riesgo de incendios forestales, que ya no se circunscriben solo al verano.

También es necesario integrar los incendios como una dinámica propia de la vida rural y que, residentes o visitantes de otros municipios a zonas forestales, reduzcan a cero el manejo de elementos de ignición en días de calor y se cumpla estrictamente la normativa, pues la totalidad de los incendios tienen detrás la mano de una persona, la mayoría por negligencia, y debe comprender que la mejor extinción es la del incendio que no llega a producirse.

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