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La autopsia de Olivia desvela que falleció por “edema pulmonar”
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La magistrada instructora cree que el acusado mató a sus dos hijas en su casa y luego arrojó los cuerpos al mar
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“Tenía como fin provocar a su expareja el mayor dolor que pudo imaginar, un dolor inhumano”, concluye la juez
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La orden de busca por sustracción de menores pasa a requerir a Tomás G. por homicidios “agravados” y delito contra la integridad moral en el ámbito de la violencia de género
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La magistrada de Güimar se inhibe en el conocimiento de las actuaciones a favor del Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Santa Cruz de Tenerife
Las Palmas de Gran Canaria, 12 de junio de 2021.-
El presunto crimen de las dos niñas de Tenerife secuestradas por su padre será tramitado como un caso de violencia machista. La juez que lo investiga, la magistrada titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Güimar (Santa Cruz de Tenerife), dictó a primera hora de la tarde de este sábado auto declarando su pérdida de conocimiento sobre las actuaciones, “por corresponder, de acuerdo a los delitos presuntamente cometidos de los que ya se cuenta con indicios objetivos, al Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Santa Cruz de Tenerife”, al tener la madre de las pequeñas su domicilio en este partido judicial.
La resolución judicial, que pone fin a la fase secreta de las actuaciones –lo que quiere decir que tendrán acceso a las actuaciones las partes personadas en el caso, de momento el Ministerio Fiscal y la madre de las niñas-, anula la orden de busca internacional de Tomás G. como supuesto autor de un delito de sustracción de menores, y la modifica por una requisitoria por dos delitos agravados de homicidio (esta es una calificación preliminar y susceptible de variación) y uno contra la integridad moral en el ámbito de la violencia de género.
Cómo y dónde
En una resolución de nueve folios en la que se vierte un detallado relato de los hechos tomando como base los múltiples indicios recabados durante los 45 días que ha durado la incertidumbre, la autoridad judicial afirma que lo más probable es que el investigado diera muerte a sus hijas en su casa de Igueste de Candelaria (Tenerife) en la tarde noche del 27 de abril de 2021, envolviera los cuerpos en toallas, los introdujera en bolsas de basura y, metiendo éstas a su vez en dos bolsas de deporte, se las llevara en su embarcación deportiva a alta mar, a una zona que conocía y sabía profunda, y las lanzara al agua amarradas a un ancla por medio de una cadena y un cabo.
A juicio de la magistrada, la idea de Tomás G. cuando se llevó a sus hijas en la tarde del 27 de abril “no fue sustraerlas de su madre y entorno para llevárselas a un paradero desconocido, sino presuntamente darles muerte de forma planificada y premeditada, y ello con el fin de provocar un inhumano dolor en su expareja, a la que de forma deliberada buscó dejar en la incertidumbre acerca del destino que habían sufrido sus hijas al ocultar sus cuerpos, tras darles muerte, en el fondo del mar, eligiendo lugares alejados de la costa y profundos, donde pensaba que nunca serían encontradas, todo ello tras anunciar, tanto a su expareja como a su entorno cercano, que se iría con las niñas y que no las volverían a ver”.
Causa de la muerte
La resolución judicial desvela que la autopsia practicada a Olivia en la mañana del viernes determina en su informe preliminar que falleció “de muerte violenta, con etiología médico-legal compatible con homicidio, siendo la causa inmediata compatible con edema agudo [acumulación anormal de líquido] de pulmón”. Quedan pendientes estudios químico-toxicológicos, biológicos e histopatológicos para completar las conclusiones.
“Si bien sólo se ha localizado, hasta el momento, el cuerpo de Olivia”, expone la magistrada, “la hipótesis fáctica más probable respecto a Anna es, desgraciadamente, la misma”.
Machismo
Asevera la magistrada que los antecedentes de la tragedia se remontan a un año atrás aproximadamente, cuando la relación entre Tomás y la madre de las niñas se rompió y esta última inició una nueva relación sentimental. “Desde entonces, Tomás mantuvo de forma constante un trato vejatorio y denigrante” hacia su expareja, “dirigiéndole a diario comentarios descalificativos, ofensivos y ultrajantes, en particular enfocados a menospreciarla por haber rehecho su vida con una nueva pareja, manifestándole además, de forma reiterada, que no toleraba que [su nueva pareja] compartiera momentos con sus hijas”, relata.
Enfatiza el auto que el deseo del investigado era colocar a su expareja “en la incertidumbre acerca de la suerte o destino que habían sufrido en sus manos Olivia y Anna, pues, tras advertirla de forma reiterada que no le volvería a ver ni a él ni a sus hijas, dando a entender que se fugaría con ellas a un paradero desconocido, ideó el modo en que entendió que sus cuerpos sin vida nunca serían localizados, arrojándolas al mar dentro de bolsas lastradas y amarradas a un ancla, en un lugar expresamente buscado lejos de la costa y que sabía profundo, donde los fondos marinos no podían ser investigados, salvo por los especiales medios con los que cuenta el buque oceanográfico Ángeles Alvariño, razón por la cual se acordó su intervención”.
La resolución de la magistrada, que da traslado al Ministerio Fiscal para informe –entre otras cuestiones sobre la competencia- es susceptible de recurso de reforma y subsidiario de apelación.