La Guardia Civil del Puesto Principal de Vecindario, en Gran Canaria, ha investigado el pasado día 14 a una persona de iniciales Q.A.B.B., de 40 años de edad y nacionalidad española, como presunto autor de un delito de acoso, al seguir y vigilar continuamente a una trabajadora de un establecimiento comercial de la citada localidad durante casi tres semanas.
Presuntamente el investigado se situaba en el exterior del citado local, incluso en diferentes tramos horarios dependiendo del turno laboral que tuviese la denunciante, llegando a seguirla además cuando ésta se dirigía a los servicios.
A raíz de la denuncia presentada por la víctima el pasado mes de octubre y por diferentes manifestaciones de testigos recogidas por la Guardia Civil, los agentes comprobaron además que el investigado presuntamente también acosaba a la denunciante a través de la red social Facebook, por lo que fue identificado e investigado por un delito relacionado con las coacciones, concretamente por acoso, quedando a disposición del correspondiente Juzgado en funciones de guardia de la localidad de San Bartolomé de Tirajana.
Artículo 172 ter
A raíz de la nueva redacción del Código Penal durante el pasado año mediante la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo de 2015, se introdujo el citado artículo que desarrolla el delito de acoso, el cual castiga con penas de prisión de tres meses a dos años o multa de seis a veinticuatro meses al que acose a una persona llevando a cabo de forma reiterada e insistente, y sin estar legítimamente autorizado, alguna de las conductas siguientes y, de este modo, altere gravemente el desarrollo de su vida cotidiana.