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Actualmente la cobertura legal respecto a segundas residencias en municipios turísticos es insuficiente e inadecuada, y no acorde con la realidad existente
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La alcaldesa de Mogán, Onalia Bueno, emplaza a las plataformas vecinales afectadas y a los municipios turísticos de Canarias a elevar este asunto al Parlamento Canario para resolver esta situación
La alcaldesa de Mogán, Onalia Bueno, y el primer teniente de alcalde y concejal Urbanismo, Mencey Navarro, han aclarado las cuestiones generadas en las últimas semanas a raíz de la tramitación del Plan General de Ordenación del término municipal sobre el suelo turístico residencializado, en concreto a lo referido a las segundas residencias en zonas turísticas. Estas no están contempladas en la leyes y planes de ordenamiento urbanísticos insulares a los que está supeditado el PGO de Mogán. Por ello, han instado a la población de Canarias en esta situación así como las administraciones locales de municipios turísticos a solicitar al Parlamento canario poner sobre la mesa el asunto. “Los Ayuntamientos estamos encorsetados y no tenemos competencia reguladora para ello”, ha recalcado la alcaldesa.
La edil moganera ha manifestado que “hasta ahora todas las administraciones supramunicipales competentes han rehuido ese debate. Han pasado muchos años y a día de hoy estas no han entrado con valentía a regularizar esa situación, o por lo menos a componer una mesa de trabajo donde tengan voz las diferentes partes y en base a ello obtener una solución factible, y eso es lo que necesitamos”.
Hasta el próximo 20 de octubre el Plan General de Ordenación (PGO) de Mogán se encuentra en información pública y hasta entonces se pueden presentar alegaciones. Su redacción, tal y como ha expuesto Navarro, se ha ceñido de forma obligatoria a la Ley 7/1995, de 6 de abril, de Ordenación del Turismo de Canarias, en cumplimiento de lo que se recoge en el preámbulo de la misma:
<<Además la Ley tiene una incidencia determinante sobre los instrumentos de planificación territorial y urbanística, como vehículos formales a través de los cuales se pretende obtener una rigurosa ordenación del sector, de tal manera que, los Planes Insulares de Ordenación (PIO) con las previsiones turísticas que la Ley obliga a incorporar a ellos, se posicionan jerárquicamente sobre cualquier otra figura del planeamiento municipal, que se tiene que adaptar necesariamente a aquellos>>.
Pero además el PGO está supeditado a lo establecido en la Ley 2/2013, de 29 de mayo, de Renovación y Modernización Turística de Canarias, y a su vez al Plan Insular de Ordenación (PIO) y al Plan Territorial Especial de Ordenación Turística Insular de la isla de Gran Canaria (PTEOTI-GC).
Para Bueno, uno de los efectos de este conglomerado de normativas “es el retraso hasta en dos décadas en la aprobación de los Planes Generales de los Ayuntamientos. Esto conlleva no poder habilitar suelo urbanizable en el que construir viviendas y liberar esa masa residencial de las zonas turísticas, que suelen estar formadas por trabajadores de las propias zonas turísticas. Ese es el gran fracaso de las administraciones”.
Los Planes Generales de Ordenación solo pueden tramitarse adaptados al marco legal mencionado. Además, se ha explicado que el PGO de Mogán, que se encuentra en vías de su aprobación definitiva, en este momento solo desarrolla la ordenación estructural del suelo, sin abordar la ordenación pormenorizada, lo que significa que no trata la residencialización en los suelos turísticos. Sin embargo, las autoridades moganeras han asegurado que la actitud del Ayuntamiento es conservar en la ordenación urbana las zonas residencializadas ya consolidadas en suelo turístico, así como proteger los suelos turísticos.
Aun así, la alcaldesa ha afirmado que “el Consistorio no evita el problema” porque “somos conscientes que se tiene que resolver. Habrá que buscar un equilibrio y tendrá que ser cuando se trabaje en el PGO de forma pormenorizada. Ahora no tiene cabida”. Será entonces cuando la Administración Local moganera analizará parcela a parcela el uso del suelo turístico, teniendo presente el que se ha residencializado y ya está consolidado como tal. Bueno ha hecho referencia al artículo 25 de la Ley 2/2013, de 29 de mayo, de Renovación y Modernización Turística de Canarias que contempla la coexistencia del uso residencial y turístico de los suelos turísticos:
<<El planeamiento urbanístico o los planes de modernización, mejora e incremento de la competitividad, dividirán en recintos de intervención el suelo turístico donde coexistan usos turísticos y residenciales, bien por residencialización de establecimientos turísticos, bien porque el planeamiento anterior permitía indistintamente ambos usos, con objeto de encauzar su especialización en áreas de uso turístico exclusivo, de uso residencial exclusivo, o de compatibilidad>>.
La alcaldesa y el primer teniente de alcalde han incidido en que, aunque en un futuro pueda recaer en el Consistorio la competencia para hacer cumplir el uso turístico del suelo clasificado como tal, no “expropiará” a los residentes de las zonas consolidadas como residenciales, aunque velarán para que estas no continúen incrementando dado que hay “que preservar el uso turístico exclusivo del suelo en aquellos destinados para ese fin. Es necesario ordenar los suelos turísticos y no continuar mermándolos, pues son la principal industria de nuestro municipio y de Canarias”.
La problemática de la falta de cobertura legal de las segundas residencias en las zonas turísticas afecta a Mogán y al resto de municipios turísticos de Canarias, por lo que Bueno ha informado que como vicepresidenta de la Asociación de Municipios Turísticos de Canarias (AMTC) llevará el asunto a la Junta General de la Asociación. “Hace unos años esta realidad se manifestó en San Bartolomé de Tirajana y se va ir replicando en todos los municipios turísticos cuando lleven a cabo la tramitación de sus respectivos Planes Generales. Considero que, por responsabilidad, tenemos que abordar este asunto y ponerlo sobre la mesa en el Parlamento de Canarias”, ha expresado.