El Ayuntamiento de Mogán interpuso un recurso contencioso-administrativo contra el acuerdo del Consejo de Gobierno del Cabildo Insular de Gran Canaria, de fecha 6 de febrero de 2023, por el que se aprobó el “Programa Insular Socioeconómico de Gran Canaria para su presentación bajo la modalidad de programa al FDCAN para el período 2023/2027”. En su escrito de interposición solicitó como medida cautelar la suspensión del procedimiento de asignación de recursos en el marco del FDCAN 2023/2027, al no estar incluido en el mencionado Programa. La solicitud ha sido desestimada en virtud del auto del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº5, pero el órgano judicial todavía tiene que resolver el proceso principal, que sigue su curso.
El Consistorio se vio obligado a acudir a la Justicia por considerar el mencionado acuerdo contrario a Derecho. En la primera convocatoria del FDCAN (2016-2025), el Ayuntamiento concurrió como beneficiario directamente a través de la presentación de proyecto. Sin embargo, de cara a la segunda convocatoria (2023-2027), se elimina a los Ayuntamientos como beneficiarios directos del FDCAN, de forma que únicamente pueden participar en el mismo a través de los programas de sus respectivos cabildos insulares, no contemplándose en ningún caso la exclusión de aquellos que como Mogán fueron beneficiados en una primera convocatoria de forma directa a través de la modalidad de Proyectos.
El problema surge cuando el Cabildo de Gran Canaria inicia, sin contar con el Ayuntamiento de Mogán, los trámites para la elaboración y aprobación del ‘Programa de Desarrollo Socioeconómico de Gran Canaria’ para su presentación al FDCAN 2023/2027, un trato que la administración local moganera considera discriminatorio y así lo traslada mediante escritos formales al presidente del Cabildo de Gran Canaria, al presidente del Gobierno de Canarias, la presidenta de la FECAM, a la FECAI y a todos los grupos parlamentarios, a los que también les hace saber su deseo de participar en la distribución del FDCAN 2023/2027. El Ayuntamiento no obtuvo respuesta.
En esta línea el Cabildo de Gran Canaria solicita a los ayuntamientos de la isla, a excepción de Mogán, que remitieran los certificados de los acuerdos plenarios donde manifestaran su voluntad de participar en la segunda convocatoria del FDCAN por la modalidad de Programas conjuntamente con el Cabildo, y que aprobaran las actuaciones para las diferentes anualidades.
De este forma, en febrero, se aprueba el ‘Programa de Desarrollo Socioeconómico de Gran Canaria’, donde se aprecia las propuestas formuladas por las consejerías del Cabildo y los 18 ayuntamientos, entre los que, en vista de lo anteriormente detallado, no se incluye Mogán.
Es por todo ello que el Ayuntamiento de Mogán interpone un recurso contencioso-administrativo contra el acuerdo del Consejo de Gobierno del Cabildo Insular de Gran Canaria, de fecha 6 de febrero de 2023, por el que se aprobó el “Programa Insular de desarrollo Socioeconómico de Gran Canaria para su presentación bajo la modalidad de programa al FDCAN para el período 2023/2027”, solicitando como medida cautelar la suspensión de la tramitación del procedimiento para la asignación de recursos en el marco del FDCAN para el período 2023/2027.
El Consistorio comunica este paso formalmente al Cabildo, instando asimismo al diálogo entre ambas administraciones para incluir a Mogán en el reparto de los cerca de 477 millones de euros del FDCAN para el periodo de 2023-2027 e impedir que a futuro el programa pueda ser paralizado y perjudicar de este modo al resto de administraciones beneficiarias. El Ayuntamiento moganero no recibe respuesta.
Ahora el magistrado-juez ha dictado un auto que desestima la medida cautelar solicitada por el Consistorio de suspender la tramitación del procedimiento para la asignación de recursos en el marco del FDCAN 2023-2027. En esta decisión ha sido determinante la ponderación del interés general representado por el acceso a los fondos por parte del Cabildo de Gran Canaria, El Hierro y Fuerteventura, así como las dos universidades públicas del archipiélago.
En el auto el juez de instancia comparte que “no existe obstáculo alguno, para en caso de que el recurso contencioso-administrativo prosperase y resultase del Fallo de la sentencia que deben reconocerse determinados fondos en su favor, que se habilitaran los créditos necesarios con objeto de cumplir con lo fallado”.
Cabe destacar que el Consistorio tiene quince días para apelar este auto ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, sin perjuicio de la continuación del procedimiento principal que sigue su curso, ya que aún no se ha esclarecido ni juzgado el fondo del asunto.