- La iniciativa, que se desarrolla en dos fases, arrancó en Tunte con la entrega de casi 2.000 ‘mosqueros’ o trampas
- Finalizada la campaña, en la que se han invertido 60.000 euros, se habrán entregado alrededor de 20.000 mosqueros
Hoy miércoles 10 de abril el equipo técnico de la Consejería de Sector Primario y Soberanía Alimentaria del Cabildo de Gran Canaria entregó, en las instalaciones del Centro Cultural Pancho Guerra de Tunte, las trampas de la primera fase de la campaña contra la mosca de la fruta. Se trata de una campaña de protección vegetal que la Consejería de Sector Primario y Soberanía Alimentaria activa cada año, para el control de la plaga Ceratitis capitata, conocida como ‘mosca de la fruta’.
La plaga afecta a la mayoría de los árboles frutales que se cultivan en la isla: albaricoquero, duraznero, melocotonero, nectarina, peral, ciruelo, manzano, mango, guayabo, níspero, caqui e higuera, naranjo y mandarina.
La campaña consiste en la entrega gratuita de trampas o ‘mosqueros’ que el Cabildo financia íntegramente y entrega a los productores de fruta que las han solicitado. La primera fase del reparto de trampas-mosqueros es en Tunte, en coordinación con su Ayuntamiento, para llegar a tiempo a la temporada de albaricoques de la zona, ya que es el frutal de maduración más temprana. La segunda fase se hará efectiva con la entrega en mayo del resto de trampas y tendrá lugar en las instalaciones de la Granja Agrícola Experimental del Cabildo de Gran Canaria.
Las trampas-mosqueros, que se colocan en los árboles de forma muy sencilla, tienen una tapa superior impregnada en insecticida, por lo que los usuarios deben poseer el carnet de manipulador de productos fitosanitarios para manejarlas. Las trampas, de forma cónica y color amarillo, contienen además un atrayente para las moscas y un sistema que impide a la mosca volver a salir; el diseño garantiza que ni el usuario ni la fauna auxiliar puedan entrar el contacto con el producto.
Esta campaña de control de la ‘mosca de la fruta’ va destinada a personas físicas o jurídicas, titulares de explotación agrícola en propiedad o en alquiler y siempre que tengan un mínimo de cuarenta árboles de las especies frutales siguientes: albaricoquero, duraznero, melocotonero, nectarina, peral, ciruelo, manzano, mango, guayabo, níspero, caqui e higuera, naranjo y mandarina.