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ACBC, SEO/BirdLife, ATAN, GOHNIC y Abeque solicitan al Gobierno de Canarias un protocolo para la implantación de las colonias felinas

  • Consideran que muchos ayuntamientos y algunos cabildos insulares están gestionando las poblaciones de gatos sin criterios de conservación de la biodiversidad

 

  • Instan a que las áreas del Gobierno de Canarias competentes en bienestar animal y conservación de la biodiversidad generen un protocolo marco para la implantación de las colonias felinas y la gestión de los gatos asilvestrados que eviten sus efectos negativos sobre la fauna silvestre

Canarias, 22-10-2024

La Asociación para la Conservación de la Biodiversidad (ACBC), SEO/BirdLife, la Asociación Tinerfeña de Amigos de la Naturaleza (ATAN), el Grupo de Ornitología e Historia Natural de Canarias (GOHNIC) y la Asociación para la Conservación del Patrimonio Natural de Teno “Abeque” solicitan al Gobierno de Canarias la aprobación urgente de un protocolo de implantación de las colonias felinas.

Las organizaciones ecologistas y conservacionistas piden que la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria, en colaboración con la Consejería de Transición Ecológica y Energía, aprueben, con carácter urgente, un protocolo marco para la implantación de las colonias felinas y la gestión de los gatos asilvestrados por parte de los ayuntamientos y los cabildos insulares, de manera que se pueda minimizar su impacto sobre las especies protegidas.

Los colectivos afirman que, tras la aprobación de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, han comenzado a proliferar colonias y puntos de alimentación para gatos que incumplen dicha normativa. “Asimismo, las nuevas ordenanzas municipales relativas a este tema, en la mayoría de los casos, no contemplan medidas relativas a la conservación de la biodiversidad que se ve afectada por estas malas prácticas”, añaden.

La Graciosa

Como ejemplo más reciente, citan el caso flagrante que se dio este verano en La Graciosa, un espacio natural protegido incluido en la red Natura 2000 donde, entre el 25 y el 28 de julio, se realizó una campaña de captura, esterilización y retorno (CER) de gatos.

Dicha campaña fue promovida por el área de Bienestar Animal del Cabildo de Lanzarote con la participación del Ayuntamiento de Teguise, Puertos de Canarias, la empresa pública del Gobierno de Canarias GESPLAN, el Colegio Oficial de Veterinarios de Canarias, la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria y varias organizaciones protectoras de animales.

En opinión de las organizaciones firmantes, una vez capturados, deberían haber sido trasladados a instalaciones adecuadas en Lanzarote como única actuación efectiva para evitar daños a numerosas especies catalogadas como amenazadas, tal y como indica la propia Ley 7/2023, en su artículo 42.7, que claramente establece que los gatos deberán ser reubicados cuando supongan un impacto negativo para las condiciones de biodiversidad en espacios naturales protegidos y en los espacios de la Red Natura 2000, o un impacto negativo para la fauna protegida.

Señalan que todas estas actuaciones se vienen realizando con una fuerte inversión de dinero público por parte de los cabildos insulares y los ayuntamientos, “instituciones que deben promover el interés general, por lo que de ninguna manera se puede tolerar que perjudiquen a la fauna silvestre, tanto en las zonas urbanas, rurales o naturales”.

“No debemos olvidar que la mayoría de reptiles y aves que habitan en los espacios naturales del archipiélago, zonas rurales y en muchos parques y jardines de nuestros barrios y ciudades se encuentran protegidas por la legislación estatal (Catálogo Canario de Especies Protegidas, en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y Catálogo Español de Especies Amenazadas) y por las principales directivas europeas de conservación de la biodiversidad (Directiva Aves y Directiva Hábitats)”, precisan.

Cumplimiento de la Ley

Estas situaciones se podrían haber evitado si el Gobierno de Canarias hubiera dado cumplimiento al artículo 40 de la Ley antes citada, que mandata que las comunidades autónomas generen protocolos marco con los procedimientos y requisitos mínimos que sirvan de referencia para la implantación de programas de gestión de colonias felinas en los términos municipales.

Estos protocolos deberán desarrollar, entre otros puntos, los criterios para la definición de procedimientos de gestión de colonias felinas para minimizar los efectos negativos de los gatos que habitan dichas colonias sobre la biodiversidad circundante a las mismas.

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